A propósito de la propuesta para la nueva administración del Banco de Portugal en la que no se incluía ni una sola mujer, y de la reciente aprobación en Portugal de una propuesta de ley que establece el régimen de representación equilibrada entre mujeres y hombres en los órganos de administración de las empresas del sector público y de las empresas cotizadas en bolsa, se ha vuelto a poner sobre la mesa el ya muy debatido tema de las cuotas de género.

En efecto, sobre la cuestión de las cuotas para promover la igualdad de género se han alzado voces en contra, algunas femeninas y otras a favor, algunas masculinas.

Las principales argumentaciones en contra, entienden que las cuotas no son la solución porque supone reconocer que las mujeres son incapaces de alcanzar posiciones en altos cargos por su propio talento siendo debido, entonces, por la imposición de una ley; imposición que podría entenderse como una violación al principio de la igualdad. Otros, en cambio, afirman que las cuotas tratan de buscar la igualdad de resultados, y harían justicia para corregir una desigualdad que se encuentra enraizada en tópicos y prácticas de naturaleza histórica y estructural que han influenciado las opciones profesionales y personales, de hombres y mujeres.

Lo que es un hecho es que las mujeres representan, tanto en España como en Portugal, más de la mitad de la población y desde hace muchos años alcanzan niveles educativos superiores a los hombres. Siendo así, ¿por qué la disparidad entre hombre y mujeres en los altos cargos?

A pesar de existir, en España y en Portugal, algunos instrumentos legales en esta materia y que las instituciones de la Unión Europea vienen adoptando recomendaciones para reforzar la presencia de mujeres en los órganos de decisión de las empresas, a la vista de los números, los partidarios de las cuotas entienden que sólo una ley taxativa que imponga multas permitiría corregir estas situaciones de desigualdad.

En Europa, Noruega fue el primer país que aplicó una ley de cuotas que imponía multas a las empresas que no alcanzasen el 40% de mujeres en los órganos de decisión; sanciones que no aplicaron pues se llegó al porcentaje definido. La aplicación de la ley fue un éxito, seguramente también debido al alto desarrollo cultural y socio-económico de la sociedad noruega.

En cualquier caso, en este momento, lo que pone de acuerdo a todos los implicados es que una ley de cuotas, para su cumplimento, debe crear condiciones para una más efectiva realización, especialmente en las áreas de la conciliación de la vida profesional, personal y familiar, segregación ocupacional y en el combate a la desigualdad salarial.

Lo cierto es que estando o no de acuerdo con las políticas de cuotas, sí es verdad que han permitido reabrir el debate y la concienciación de la disparidad que, a día de hoy, sigue existiendo en la sociedad, lo que ya es bueno.

Tú qué opinas, ¿cuotas sí o no?

Por último, como no podía ser de otro modo en un día como hoy, ¡Feliz día de la mujer trabajadora!

P.S: a petición de muchas de vosotras, a partir de este mes, os enviaremos el editorial mensual también por correo electrónico. Como sabéis, cada mes escribe el editorial un miembro de la Junta Directiva, podéis leer el de marzo y los anteriores en ampel@ampel.pt.

Un abrazo,

Dania Seguín